Se ha publicado la Orden de 6 de noviembre de 2023, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se reconoce la condición de beneficiarios del Bono Alquiler Joven regulado en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero y convocada mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2022, a los interesados incluidos en el listado adjunto a la misma.
En el plazo máximo de los quince días hábiles siguientes a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, es decir, del 15 de noviembre al 5 de diciembre de 2023, ambos inclusive, los beneficiarios incluidos en el listado deberán aportar la documentación que acredite el pago de la renta correspondiente al ejercicio 2022 que no se hubiesen aportado previamente al expediente.
También tendrán que aportar los recibos correspondientes a la segunda fase del calendario de pagos, es decir, deberán aportar los justificantes del pago del alquiler correspondientes a las mensualidades de enero a junio de 2023.
A estos efectos, se considerará como documento acreditativo del pago el justificante del ingreso o transferencia realizada a través de entidades bancarias a favor del arrendador, en el que se identifique la persona que realiza el ingreso y el destinatario, a los efectos de poder comprobar que la renta ha sido satisfecha por la persona arrendataria a la persona arrendadora.
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