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Financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las unifamiliares, y de urbanización o reurbanización de espacios públicos.

Objeto: Financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las unifamiliares, y de urbanización o reurbanización de espacios públicos.

Ámbito de actuaciónEntornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP), previamente delimitados, en municipios de cualquier tamaño de población.

Objetivos: Establecidos en el Anexo a la Decisión de Ejecución del Consejo, de 16 de junio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España:

  • Objetivo Nº 27: finalización de las actuaciones de renovación de viviendas, con un ahorro medio de al menos un 30 % de energía primaria (231.000 actuaciones de renovación en, al menos, 160.000 viviendas únicas), el cuarto trimestre de 2023
  • Objetivo Nº 28: Hectáreas en zonas o barrios renovadas, con un ahorro medio de al menos un 30 % de energía primaria (600 Ha), el segundo trimestre de 2026
  • Objetivo Nº 29: finalización de las actuaciones de renovación de viviendas, con un ahorro medio de al menos un 30 % de energía primaria (510.000 actuaciones de renovación en, al menos, 355.000 viviendas únicas), el segundo trimestre de 2026
Alcalá de Henares:    Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 6 de mayo de 2024.     Consulta las calles y edificios:
 

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Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 6 de mayo de 2024

Consulta las calles y edificios:

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Ayudas al alquiler de vivienda 2022

Por Resolución de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, de fecha 11 de enero de 2024, se han aprobado los listados de beneficiarios requeridos al cobro en el proceso de concurrencia competitiva para la obtención de las subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2022, mediante Orden 3608/2022 de 19 de octubre, con indicación del motivo de incumplimiento.

Por razones de PROTECCIÓN DE DATOS algunos de los beneficiarios figuran en los listados SIN IDENTIFICAR más que por el número de expediente. En ese caso, si aportaron número de teléfono móvil, recibirán un SMS indicándoles el estado de su solicitud. Podrán acudir a la Oficina de Vivienda sita en Avda. Asturias 28, de lunes a viernes de 9.00 h a 17.00 h (servicio de información básica), donde PREVIA SU IDENTIFICACIÓN (DNI o NIE), se les podrá informar del estado de su solicitud. Se recomienda solicitar PREVIA CITA, aunque también se atiende sin cita

LISTADO REQUERIDOS AL COBRO - MENORES DE 35 AÑOS

LISTADO REQUERIDOS AL COBRO - SECTORES PREFERENTES

Los solicitantes incluidos en los listados de beneficiarios requeridos al cobro dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, es decir DESDE EL 19 DE ENERO AL 1 DE FEBRERO DE 2024, ambos incluidos, para presentar alegaciones, aportar o mejorar la documentación preceptiva, según el motivo de incumplimiento señalado.

Para presentar alegaciones y presentar documentación deberán aportar el formulario 3444F2_22, disponible en la sede electrónica en el Programa de ayuda al alquiler de vivienda (Jóvenes y Sectores Preferentes), debiendo ser presentado de manera prioritaria por medios electrónicos.

Aportación de documentación

Para más información página web Comunidad Madrid, ayudas alquiler 2022

Ayudas arrendatarios en situación de vulnerabilidad Sobrevenida

Por Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, se aprueba el primer listado de requeridos a subsanar en el proceso de concesión directa de las ayudas a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida, previsto en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono de Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, con indicación del motivo de incumplimiento.

Los solicitantes incluidos en los listados de requeridos a subsanar dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, es decir DESDE EL 2 AL 15 DE ENERO DE 2024, ambos incluidos, para presentar alegaciones, aportar o mejorar la documentación preceptiva, según el motivo de incumplimiento señalado.

Las subvenciones del Programa de ayuda a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida tienen como objetivo la concesión de ayudas para el pago del alquiler a las personas arrendatarias de vivienda habitual que se encuentren en una situación de vulnerabilidad sobrevenida.

El periodo subvencionable será de 24 meses máximo a contar desde el mes siguiente a la fecha de concesión de la ayuda siempre que se mantenga durante dicho periodo la condición de vulnerabilidad sobrevenida.

La ayuda de este programa no se podrá compatibilizar con ninguna otra ayuda para el pago del alquiler de este Plan, ni de Planes Estatales anteriores, ni con las que, para esa misma finalidad, puedan conceder cualquier Administración Pública.

Para más información web Comunidad de Madrid

Convocatoria para la adjudicación en régimen de alquiler, sorteo 5 viviendas municipales: LISTADOS DEFINITIVOS ADMITIDOS Y EXCLUIDOS

 

Se procede a la publicación en la página web municipal de los LISTADOS DEFINITIVOS DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS para la Convocatoria para la Adjudicación en régimen de alquiler mediante sorteo de 5 viviendas de titularidad municipal, tal y como dispone el artículo 38 c) de la “Ordenanza Reguladora del Parque Municipal de Viviendas de Alcalá de Henares, del Registro de Solicitantes de Vivienda y del Procedimiento de Adjudicación de las Viviendas en Régimen de Arrendamiento –Título Segundo-”.

Una vez resueltas las posibles alegaciones o subsanadas las omisiones en los datos que hayan de constar en la solicitud, se hará pública la lista definitiva de personas admitidas para el sorteo, en la que se expresará la categoría genérica a la que optan y se le asignará un número, que será con el que participarán en el sorteo correspondiente”.

Del mismo modo, se informa que la CELEBRACIÓN DEL SORTEO se llevará a efecto en el lugar, día y hora:

Fecha:                                      22 de diciembre de 2023

Hora:                                        11:30 horas

Lugar de celebración:         Salón de Actos del Convento de Capuchinos       C/ Santiago, 20 – Alcalá de Henares

Para más información: Ayuntamiento Alcalá de henares: Sorteo 5 viviendas municipales en régimen de alquiler

CONVOCATORIA PARA LA ADJUDICACIÓN EN RÉGIMEN DE ALQUILER, MEDIANTE SORTEO, DE 5 VIVIENDAS DE TITULARIDAD MUNICIPAL: listados provisionales de admitidos y excluidos

Se procede a la publicación de los listados provisionales de admitidos y excluidos para la Convocatoria para la Adjudicación en régimen de alquiler mediante sorteo de 5 viviendas de titularidad municipal, tal y como dispone el artículo 38 a) de la “Ordenanza Reguladora del Parque Municipal de Viviendas de Alcalá de Henares, del Registro de Solicitantes de Vivienda y del Procedimiento de Adjudicación de las Viviendas en Régimen de Arrendamiento –Título Segundo-”.

Esta publicación bastará para el cumplimiento del requisito de la notificación individual.

Según dispone la citada Ordenanza en su artículo 38 b) Las personas solicitantes podrán presentar alegaciones o subsanar las omisiones que sean detectadas durante un plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente al de su publicación, mediante escrito presentado en la forma y registros indicados para la presentación de las solicitudes, acompañando fotocopia de DNI.

Plazo de alegaciones:  del 13 de noviembre de 2023 al 1 de diciembre de 2023, ambos incluidos.

 Documentación a presentar:

  • Escrito expresando alegaciones efectuadas
  • Fotocopia DNI
  • Aportar o mejorar la documentación preceptiva, según el motivo señalado de exclusión.

Para más información   Ayuntamiento Alcalá de Henares , Sorteo 5 viviendas municipales en régimen de alquiler

CONVOCATORIA PARA LA ADJUDICACIÓN EN RÉGIMEN DE ALQUILER, MEDIANTE SORTEO, DE 5 VIVIENDAS DE TITULARIDAD MUNICIPAL Y FORMACIÓN DE LISTA DE ESPERA: RESULTADO SORTEO CELEBRADO 22 DE DICIEMBRE DE 2023

Se procede a la publicación del acta del sorteo celebrado el pasado día 22 de diciembre de 2023 ante el Secretario Municipal del Excmo. Ayto. de Alcalá de henares, donde se incluyen los cuatro adjudicatarios provisionales –cupo general- y la lista de personas solicitantes en reserva para el cupo general, tal y como dispone el artículo 39 b) de la Ordenanza Reguladora del Parque Municipal de Viviendas de Alcalá de Henares, del Registro de Solicitantes de Vivienda y del Procedimiento de Adjudicación de las Viviendas en Régimen de Arrendamiento –Título Segundo-”.

En el sorteo celebrado el pasado el día 22 de diciembre de 2023 fueron designados como adjudicatarios provisionales para el cupo general:

Nº ORDEN SORTEO Nº REG. Nº EXPTE 1º APELLIDO * 2º APELLIDO NOMBRE DNI/NIE
56 2023064688 35126-23 RIVERO FERNÁNDEZ DÉBORA ****5194
38 2023069901 37715-23 MARTÍNEZ SANTOS ERIKA ****1620
60 2023066238 35866-23 RUIZ FERNÁNDEZ MIRIAM ****9716
42 2023069638 37657-23 MOHEDANO DÁVILA LUZ ADRIANA ****6979

* Datos del primer titular de la solicitud

La vivienda que integra el cupo especial no ha sido objeto de sorteo al no haberse presentado solicitudes válidas para participar en el mismo, por tanto –y conforme el artículo 39 in fine– se aceptarán nuevas solicitudes que serán tramitadas directamente por el orden de registro de entrada (siempre que los solicitantes cumplan con los requisitos exigidos en la Ordenanza).

A los adjudicatarios provisionales –cupo general- se procederá a notificar formalmente el resultado del sorteo al objeto de que formulen opción por la vivienda que les intereses, aceptación y presentación de la documentación acreditativa de su situación económica y social. Dicha notificación contendrá los datos relativos al número de orden para la elección de la vivienda (artículo 40 Ordenanza).

En el mismo sorteo, se extrajo una quinta bola que establecía el número de solicitantes por el que comienza la lista de solicitantes en reserva, habiendo salido la bola número 44.

Para más información web Ayuntamiento Alcalá de Henares

BONO JOVEN ALQUILER: sexto listado de beneficiarios

Se ha publicado la Orden de 6 de noviembre de 2023, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se reconoce la condición de beneficiarios del Bono Alquiler Joven regulado en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero y convocada mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2022, a los interesados incluidos en el listado adjunto a la misma.

En el plazo máximo de los quince días hábiles siguientes a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, es decir, del 15 de noviembre al 5 de diciembre de 2023, ambos inclusive, los beneficiarios incluidos en el listado deberán aportar la documentación que acredite el pago de la renta correspondiente al ejercicio 2022 que no se hubiesen aportado previamente al expediente.

También tendrán que aportar los recibos correspondientes a la segunda fase del calendario de pagos, es decir, deberán aportar los justificantes del pago del alquiler correspondientes a las mensualidades de enero a junio de 2023.

A estos efectos, se considerará como documento acreditativo del pago el justificante del ingreso o transferencia realizada a través de entidades bancarias a favor del arrendador, en el que se identifique la persona que realiza el ingreso y el destinatario, a los efectos de poder comprobar que la renta ha sido satisfecha por la persona arrendataria a la persona arrendadora.

Para más información bono joven alquiler Comunidad de Madrid

 

AYUDAS ALQUILER 2022: listados definitivos de beneficiarios y excluidos

Mediante ORDEN de 6 de noviembre de 2023 de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, se reconoce la condición de beneficiarios y se publica el listado definitivo de solicitantes excluidos en el proceso de concurrencia competitiva para la obtención de las subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2022 mediante Orden 3608/2022 de 19 de octubre.

Para proceder al pago de la subvención concedida, los BENEFICIARIOS deberán presentar en el plazo de 15 días hábiles (desde el 10 al 30 de noviembre de 2023) la documentación indicada en la ORDEN de 6 de noviembre de 2023.

Los beneficiarios del Programa de ayuda a los jóvenes que hubieran manifestado estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento en el momento de la solicitud de la ayuda, tendrán un plazo de dos meses (desde el 9 de noviembre de 2023 al 8 de enero de 2024) para aportar copia del contrato de arrendamiento y certificado o volante de empadronamiento colectivo e histórico, pero en el plazo anterior deberán haber aportado el resto de la documentación como todos los beneficiarios.

Se aconseja aportar la documentación por medios electrónicos con indicación del número de expediente y a través del modelo oficial 3444F2_22 y se dirigirá a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.

Para más información: ayudas alquiler 2022 Comunidad de Madrid

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