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Prórroga de los préstamos ICO para el pago alquiler de vivienda habitual de familias vulnerables a consecuencia COVID19

 

Orden TMA/498/2021 de 21 de mayo por la que se modifican los plazos para solicitar y formalizar los préstamos  avalados y subvencionados por el Estado establecidos en la Orden TMA/378/2020, de 30 de abril.

Atendiendo a la evolución actual de la pandemia y en consecuencia de la vulnerabilidad sobrevenida que la misma pueda generar en los arrendatarios de vivienda habitual, así como a su más o menos incierta proyección en los próximos meses, y en coordinación con la extensión durante tres meses a partir de la finalización del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, de otras medidas de protección a las personas vulnerables en materia de acceso y disfrute de una vivienda digna y adecuada, se hace recomendable volver a modificar los últimos plazos fijados y prorrogarlos hasta el 9 de agosto de 2021 y el 9 de septiembre de 2021, respectivamente.

De este modo el plazo para solicitar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado es hasta el 9 de agosto de 2021 (plazo que podrá ser prorrogado hasta el 31 de agosto de 2021 mediante orden ministerial).  El plazo para formalizar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado es hasta el 9 de septiembre de 2021 (plazo que podrá ser prorrogado hasta el 30 de septiembre de 2021).

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