Atendiendo a la evolución actual de la pandemia y en consecuencia de la vulnerabilidad sobrevenida que la misma pueda generar en los arrendatarios de vivienda habitual, así como a su más o menos incierta proyección en los próximos meses, y en coordinación con la extensión durante tres meses a partir de la finalización del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, de otras medidas de protección a las personas vulnerables en materia de acceso y disfrute de una vivienda digna y adecuada, se hace recomendable volver a modificar los últimos plazos fijados y prorrogarlos hasta el 9 de agosto de 2021 y el 9 de septiembre de 2021, respectivamente.
De este modo el plazo para solicitar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado es hasta el 9 de agosto de 2021 (plazo que podrá ser prorrogado hasta el 31 de agosto de 2021 mediante orden ministerial). El plazo para formalizar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado es hasta el 9 de septiembre de 2021 (plazo que podrá ser prorrogado hasta el 30 de septiembre de 2021).