Ante la necesidad de facilitar el acceso a la vivienda a las familias madrileñas, la Comunidad de Madrid creó en el año 2008, mediante Orden 1/2008, de 15 de enero, por la que se establecen las medidas de fomento al alquiler en la Comunidad de Madrid, el denominado Plan Alquila, un servicio de intermediación en el mercado inmobiliario que sirve de punto de encuentro entre oferta y demanda en la medida en que por sus considerables ventajas y condiciones de seguridad, contribuye a que sean ofertadas en alquiler más viviendas con las que dar satisfacción a parte de la demanda existente.
Teniendo en cuenta que el alquiler constituye una opción especialmente adecuada para facilitar el primer acceso a la vivienda, la Orden 1/2008, de 15 de enero, que regula PLAN ALQUILA ha sido modificada por Orden 182/2021 de 21 de abril, permitiendo que los arrendadores que celebren contrato de alquiler con menores de treinta y cinco años, se beneficien durante dos años, en lugar de uno, del seguro de impago del alquiler, así como de la asistencia jurídica, a través del programa de intermediación Plan Alquila con todas las garantías y medidas que este conlleva.
Se posibilita así, mediante un aval garantizado, un contrato de alquiler seguro, tanto para arrendadores como para arrendatarios. Se trata de facilitar y potenciar el que los jóvenes puedan acceder al mercado de alquiler, aportando un mayor aval que garantice una mayor seguridad jurídica entre las dos partes. Esta medida trata, por tanto, de ofrecer mayor período de seguridad y confianza a los propietarios de viviendas, ampliando así la oferta de viviendas disponibles en alquiler y al propio tiempo, generar una bolsa de vivienda que permita alquilar a un precio asequible a la que puedan acceder los jóvenes.