Por Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, se aprueba el primer listado de requeridos a subsanar en el proceso de concesión directa del Bono Alquiler Joven regulado en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por no reunir los requisitos establecidos en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2022, con indicación del motivo o motivos de incumplimiento.
Los solicitantes incluidos en los listados de requeridos a subsanar dispondrán de un plazo de diez días hábiles, es decir, DESDE EL 28 DE FEBRERO AL 13 DE MARZO, ambos incluidos, para presentar alegaciones, aportar o mejorar la documentación preceptiva, según el motivo de incumplimiento señalado.
Se aconseja aportar la documentación por medios electrónicos con indicación del número de expediente y a través del modelo oficial 3340F2_22 y se dirigirá a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
Para más información: Bono Alquiler Joven | Comunidad de Madrid