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BONO JOVEN ALQUILER: Tercer listado requeridos a subsanar

 

 

Por Resolución de 24 de octubre de 2023 de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras se aprueba el tercer listado de requeridos a subsanar en el proceso de concesión directa del Bono Alquiler Joven regulado en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por no reunir los requisitos establecidos en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2022, con indicación del motivo o motivos de incumplimiento.

Los solicitantes incluidos en los listados de requeridos a subsanar dispondrán de un plazo de diez días hábiles, es decir DESDE EL 27 DE OCTUBRE AL 13 DE NOVIEMBRE DE 2023, ambos incluidos, para presentar alegaciones, aportar o mejorar la documentación preceptiva, según el motivo de incumplimiento señalado.

Se aconseja aportar la documentación por medios electrónicos con indicación del número de expediente y a través del modelo oficial 3340F2_22 y se dirigirá a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.

Para más información Comunidad de Madrid: bono joven alquiler

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