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REGISTRO DE SOLICITANTES DE VIVIENDA MUNICIPAL

El Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en el ejercicio de su potestad reglamentaria, y conforme al artículo 55 del Real Decreto Ley 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y al artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, aprueba la presente Ordenanza Reguladora del Parque Municipal de Viviendas de Alcalá de Henares, del Registro de Solicitantes de Vivienda y del Procedimiento de Adjudicación de las Viviendas en Régimen de Arrendamiento, que se estructura en tres títulos (Preliminar, Primero para adjudicación ordinaria por Baremo, y Segundo para la adjudicación de las viviendas para jóvenes de C/Damas), VI Capítulos, 46 artículos, una Disposición derogatoria, una Disposición Final y 4 Anexos, tras la presente Exposición de motivo. Publicada en el BOCAM 14 de octubre de 2021

Todas las personas que estén interesadas en acceder, en régimen de alquiler, a las viviendas propiedad del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en primera o sucesivas adjudicaciones,  deberán inscribirse como solicitantes en el Registro de Solicitantes de Vivienda, salvo en los casos a los que se refiere el apartado b) del artículo 16 de la Ordenanza Reguladora del Parque Municipal de Viviendas de Alcalá de Henares, del Registro de Solicitantes de Vivienda y del Procedimiento de Adjudicación de las Viviendas en Régimen de Arrendamiento.

Para más información: REGISTRO DE SOLICITANTES DE VIVIENDA PUBLICA MUNICIPAL

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Calle Damas, 15, 28801, Alcalá de Henares
Email: gestion@portaldevivienda.es 
Teléfono: 91 888 26 25

HORARIO:
Lunes a Viernes: 9.00 h.-14.00 h.. Lunes a Jueves: 16.00 h.-18.00 h.

Durante el período estival la atención se prestará de lunes a viernes en horario de 9.00 h. a 14.00 h.