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AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDA 2023: listados definitivos de beneficiarios y excluidos

Para proceder al pago de la subvención concedida, los BENEFICIARIOS deberán presentar en el plazo de 15 días hábiles (DESDE EL 5 AL 25 DE NOVIEMBRE DE 2024) la documentación indicada en la ORDEN de 29 de octubre de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se reconoce la condición de beneficiarios y se publica el listado definitivo de solicitantes excluidos.

Los beneficiarios del Programa de ayuda a los jóvenes que hubieran manifestado estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento en el momento de la solicitud de la ayuda, tendrán un plazo de dos meses desde el 5 de noviembre de 2024, para aportar copia del contrato de arrendamiento y certificado o volante de empadronamiento colectivo e histórico, pero en el plazo anterior deberán haber aportado el resto de la documentación necesaria para el pago, como todos los beneficiarios.

LISTADO DEFINITIVO DE BENEFICIARIOS - SECTORES PREFERENTES

LISTADO DEFINITIVO DE BENEFICIARIOS - JÓVENES

LISTADO DEFINITIVO DE EXCLUIDOS - SECTORES PREFERENTES

LISTADO DEFINITIVO DE EXCLUIDOS - JÓVENES

Motivos de exclusión

Preguntas frecuentes

Para más información página web de la Comunidad de Madrid Ayudas al alquiler de vivienda 2023

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