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BONO JOVEN ALQUILER: quinto listado requeridos de cobro

Por Resolución de 13 de junio de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, se aprueba el quinto listado de requeridos de cobro en el proceso de concesión directa del Bono Alquiler Joven regulado en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por no haber aportado la documentación establecida en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2022, o no haber justificado la totalidad de las mensualidades del periodo subvencionado, con indicación del motivo o motivos de incumplimiento.

QUINTO LISTADO DE REQUERIDOS DE COBRO

Motivos de incumplimiento

Preguntas frecuentes

Los solicitantes incluidos en el listado de requeridos de cobro dispondrán de un plazo de diez días hábiles, es decir, DESDE EL 26 DE JUNIO AL 9 DE JULIO DE 2024, ambos incluidos, para aportar o mejorar la documentación preceptiva, según el motivo de incumplimiento señalado.

Se aconseja aportar la documentación por medios electrónicos con indicación del número de expediente y a través del modelo oficial 3340F2_22 y se dirigirá a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.

Para más información Comunidad de Madrid: bono joven alquiler

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