Por Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, se aprueba el tercer listado de requeridos de cobro en el proceso de concesión directa de las ayudas a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida, previsto en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero.
TERCER LISTADO DE REQUERIDOS DE COBRO
Los solicitantes incluidos en el listado de requeridos de cobro dispondrán de un plazo de 15 días hábiles, es decir DESDE EL 13 DE DICIEMBRE DE 2024 HASTA EL 7 DE ENERO DE 2025, ambos incluidos, para aportar la documentación requerida.
Para presentar alegaciones y documentación deberán aportar el formulario 3445F2_22, disponible en la sede electrónica en “Ayudas a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida”, debiendo ser presentado de manera prioritaria por medios electrónicos.
La presentación incorrecta o incompleta de la documentación, en el plazo establecido, determinará el inicio del procedimiento de declaración de pérdida del derecho al cobro de la subvención del beneficiario arrendatario de la vivienda, que perderá el derecho al cobro de las siguientes mensualidades.
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